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Informe sobre la misión de
observación realizada en el Aaiún: S.O
INFORME SOBRE LA MISION DE OBSERVACION REALIZADA EN
EL AAIUN (SÁHARA OCCIDENTAL) DEL 13 AL 15 DE
NOVIEMBRE DE 2007, DEL OBSERVATORIO DE DERECHOS
HUMANOS DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE BADAJOZ.
I. INTRODUCCIÓN
Ante los informes de organizaciones internacionales
de Derechos Humanos, intervenciones anteriores de
miembros de este Observatorio, así como de las
diversas asociaciones de Derechos Humanos que luchan
por el respeto de los mismos, colectivos de
familiares, activistas de derechos humanos, etc., el
Colegio de Abogados de Badajoz, y su Observatorio de
Derechos Humanos, movidos por su responsabilidad de
defensa de la legalidad vigente, del derecho
internacional, así como el cumplimiento de las
resoluciones internacionales de Naciones Unidas
sobre derecho de los pueblos, y dentro de la
actividad internacional que desarrollan estas
instituciones, autorizó y acreditó el envío
nuevamente de una Misión de Observación, que con el
objetivo de asistir al Juicio Penal señalado para el
día 14 de noviembre de 2007 ante la Corte de
Apelación de El Aaiun (Sahara Occidental), pudieran
comprobar el desarrollo de las sesiones judiciales,
y observar el cumplimiento de las garantías en la
celebración de estos juicios, la existencia de un
proceso legal, a la luz de la legislación marroquí,
y del derecho internacional, y la tutela judicial
efectiva en la administración de justicia.
Igualmente han sido comisionados para reunirse con
el Excmo, Sr. Presidente de la Corte de Apelación de
El Aaiun, con el Procurador del Rey en el Aaiun,
para asistir a la Prisión a entrevistarse con los
presos, y para efectuar las diligencias y
actividades en el desarrollo de la labor
encomendada, incluida la entrevista con autoridades,
y familiares de presos y desaparecidos, así cuantos
habitantes quisieran entrevistarse con esta
delegación.
Hemos realizado la labor de acuerdo con el encargo
realizado, y fruto del cual es este informe,
habiéndose comunicado el envío, nuestra visita y
estancia al Consejo General de la Abogacía Española,
y este es el informe de esta misión, que igualmente
le será remitido para su publicación.
Los miembros de esta delegación, abogados, fueron:
D. JAVIER CALLEJAS MORA (Secretario General Técnico
del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz) y D.
JOSE MANUEL DE LA FUENTE SERRANO, (Director del
Observatorio de Derechos Humanos del citado
colegio).
Para este cometido, la misión de observación contó
con la inestimable colaboración de personas
vinculadas a la defensa de los derechos humanos en
el Sahara Occidental, como el premio Rafto Sr. D.
MOHAMED DADACH, DJIMI ELGHALIA, entre otros , a
quien debe esta misión un reconocimiento expreso,
por su labor en defensa de los derechos humanos, su
infatigable lucha por las libertades, y su activismo
por los derechos civiles de los habitantes del
territorio, en condiciones que no favorecen su
trabajo. Igualmente debemos agradecer a cuantos han
colaborado dentro y fuera del territorio en la
prosecución de este objetivo de observación.
La misión se entrevisto con el Presidente de la
Corte de Apelación de El Aaiún, y con el Procurador
del Rey del Tribunal de El Aaiun. Igualmente mantuvo
entrevista con el Vicepresidente del mismo tribunal.
Mantuvo numerosas entrevistas con todas aquellas
personas o colectivos que se lo demandaron, y así
participó en reuniones con familiares de
desaparecidos, así como los colectivos de familiares
de presos de la ciudad de El Aaiún.
Igualmente se reunió con numerosos activistas de
derechos humanos, y represaliados políticos,
familiares de presos políticos y habitantes de El
Aaiun.
La misión no pudo contar con la presencia solicitada
de traductor en el Juicio, siendo acompañado por el
Sr. Mustafa, Secretario del Tribunal quien
amablemente se prestó a ayudar a la traducción, en
condiciones poco respetuosas para los observadores,
y constató la ausencia de interés de las autoridades
judiciales, penitenciarias, políticas, militares y
de Naciones Unidas ante la visita, dada la especial
situación que vive el territorio al estar bajo el
auspicio de LA MINURSO; y dado que la misión estuvo
en el territorio tres días, no recibiendo contactos
de ningún colectivo (salvo los enunciados), y no
recibiendo invitación de trabajo de ninguna
institución o corporación de la ciudad de El Aaiun,
no pudiendo contactar con esas autoridades, se le
privo a la misión de observar otras realidades.
A esta misión no se le permitió ver a los presos de
la Cárcel Negra, habiendo presentado solicitud por
escrito ante el tribunal competente, quien declino
dar la autorización pretextando no ser competente
para ello.
La misión ha estado sometida constantemente, desde
su llegada, a vigilancia por personas y vehículos no
identificados bajo signos de La Minurso o de otra
autoridad, ha sufrido un seguimiento constante.
Al juicio asistió una delegación del Consejo General
de la Abogacía Española, compuesta por dos abogados.
II. INFORME SOBRE EL DESARROLLO DEL JUICIO Y DE LA
ADMINISTRACION DE JUSITICIA CRONICA DEL JUICIO
CELEBRADO EN EL AAIUN (SAHARA OCCIDENTAL) EL DIA 14
DE NOVIEMBRE DE 2007
La actuación de la Misión de observadores ante la
Corte de Apelación de de El Aaiun se inició el día
14 de Octubre de 2002 a las 10,05 horas con la
llegada de los miembros a la sede judicial,
manteniendo entrevistas con miembros de la sede
judicial, los cuales no pueden garantizar una
traducción a los observadores, por falta de personal
al efecto, realizando esta labor, el funcionario
Mustafa, el cual atiende a los miembros. Habiendo
solicitado a habitantes del territorio
(hispanóablantes) que nos sirvierand e traductores,
nos manifestan que no pueden realizar esa labor, a
pesar de desear colaborar con esta delegación por el
temor a las represalias que se producen cuando la
delegación abandona el territorio.
Los procesados son:
- Jalihena Dlimi de 50 años de edad.
- Barku Hanid de 28 años de edad.
- Barku Moulud hermano del anterior de 26 años de
edad.
Son acusados por la corte de disturbios en Smara,
cuyos hechos se produjeron con motivo de las
manifestaciones organizadas en Smara, para pedir la
independencia del Sahara, y por la defensa de los
derechos humanos, protestando pacíficamente por la
represión policial que sufre el pueblo saharaui.
La sesión se inició con la constitución del
Tribunal, integrado por tres Magistrados, el
Secretario judicial, el Procurador del Rey -a quien
corresponde la acción penal acusatoria-, la
presentación de los cuatro abogados defensores, de
los acusados.
Los acusados están en prisión provisional, sin
juicio desde su detención en Junio de 2007.
La sesión del Juicio Oral comenzó, bajo una gran
vigilancia policial y militar, con varias unidades
de policía, fuerzas de intervención y del ejercito,
circundando el edificio judicial, y dentro de la
sala, y sometiendo a estrecha vigilancia la entrada
de la Sede donde se celebraba el juicio; igualmente,
agentes de la DST (Dirección de la Seguridad
Territorial) y la RG (Gendarmería Real), así como de
los GUS, vestidos de paisano se situaron en el
interior de la Sala. Esta presencia policial
incomodaba a los asistentes, incluido numeroso
público que llena la sala.
La salida de los presos a la sala del Tribunal, es
acompañada por estos con arengas a favor del
Polisario, de la autodeterminación del pueblo
saharaui, y de manifestación del derecho de libertad
del pueblo saharaui. Son mandados callar.
Las defensas solicitaron la continuación del juicio,
pero el tribunal, ante la petición del Procurador
del Rey de suspensión de la vista, protestaron. Los
encausados, profirieron todo tipo de alegatos contra
el tribunal por suspender nuevamente el juicio, y se
negaban a que se aplazara, porque esgrimían el
derecho a continuar el juicio.
En este momento, alegaron las torturas que sufren en
la “Cárcel Negra” del Aaiún, y uno de
los encausados, se levantó la Darhaa, mostrando las
señales de las torturas y golpes. Pudiendo esta
misión de observación, comprobar la existencia de
marcas de golpes, cicatrices en la espalda y
costados de las torturas que referían. Ante estas
manifestaciones fueron sacados de la sala los
presos, continuando sus alegatos a favor de la
independencia del Sahara y profiriendo vítores a
favor del Polisario, siendo desalojados de la sala.
Dándose por terminada la sesión del juicio.
El juicio se reanudó el día 28 del mismo mes, y el
fallo judicial es de la condena de año y medio de
prisión como autor de los delitos de daños y
lesiones.
III.- SITUACION DE LOS DERECHOS HUMANOS RELATADAS A
ESTA MISIÓN POR FAMILIARES DE PRESOS Y
MANIFESTANTES.
Esta misión de observación, además de realizar la
asistencia al juicios, pudo tener acceso a
información referente a la situación de los
familiares de presos saharauis en la Cárcel civil de
El Aaiun (denominada “Carcel Negra”), y
concretamente a relataron la situación las
siguientes personas y familiares de presos:
Mohamed Salem Deilal, antiguo preso desaparecido que
fue mantenido en desaparición forzada en la cárcel
marroquí secreta de Kalac Magouna, desde el año 1979
hasta el año 2001, en que fue puesto en libertad,
relato a esta misión como el día 12 de Abril de
2007, a las 12 de la noche, fueron a su casa situada
en el barrio de Matala en el Aaiun, tropas y fuerzas
de seguridad marroquíes, a los cuales identificaron
como miembros de los denominados GUS, asaltaron la
casa por la azotea, tardando dos horas en entrar,
tras forzar puertas de la vivienda, estando la
familia refugiada allí, careciendo de orden judicial
o justificación de tal asalto, el vehículo en que
llegaron era un Wolksvagen matricula 130541.
Fueron detenidos varios miembros de la familia. Esta
familia ya fue detenida y hubo desaparecidos
Hechos acaecidos como consecuencia de la
manifestación pacifica celebrada en el barrio de Al
Inaach en El Aaium, el dia 9 de Noviembre de 2007.
Varias familias, esposa, hermanas e hijos de
familiares presos, salieron espontáneamente y de
forma pacifica, según relatan, a manifestarse por el
trato inhumano que reciben sus familiares en la
Cárcel Negra, y pidiendo la autodeterminación para
la provincia española del Sahara Occidental, dicha
manifestación fue realizada a las 13, horas, la
elección de la hora y el día (era viernes) fue
debida a que es el momento de la oración para los
musulmanes, intentando evitar enfrentamientos con
las fuerzas de ocupación, pero apenas duro media
hora, pues las fuerzas de seguridad atacaron
brutalmente, según refieren los testimonios, los GUS
(apodados los croatas, por su vestimenta), y comenzó
la persecución de los familiares y participantes en
esa manifestación, muchos de los cuales vestían de
paisano, sin uniforme.
Persiguiendo a la población por la calle 20 de Mayo,
y los manifestantes corrían a refugiarse en las
casas colindantes, entrando en estas casas, por la
fuerza, golpeando a sus ocupantes, y sacando a las
mujeres y niños, siendo golpeados brutalmente, al
encontrar en una de las casas dos banderas del
Frente Polisario ( representante del pueblo saharaui
para el proceso de autodeterminación previsto por
Naciones Unidas), siendo golpeados sus ocupantes,
según refieren los testimonios de forma brutal,
relatan graves lesiones corporales, y hematomas
fruto de los golpes con barras de hierro y porras,
concretamente la familia Amaidan, compuesta de
Aiyada, Haminetu, Maimuna Melka, y Fatma. A todos
ellos, y a los que se dirá después, se les trasladó
en furgones policiales de los GUS a la comisaria
central, compuesto por los siguientes oficiales y
comisarios, que practicaron torturas sobre este
grupo de ciudadanos saharauis, desde las 1,30 horas
del mediodía hasta las 00,30 horas de la noche:
- Ishi Abulhassan
- Asis Amus
- Habib (comisario de la policia judicial)
- Mustafa Kalmnur (Secretario de Abulhassan)
- Famid Bahry
- Abdelaly
Todos ellos forman parte del “escuadrón de la
muerte”, como ellos mismos se denominan. Eran
acompañados por mas números de esta fuera represora,
cuyos nombres e identificación desconocen los
testigos, siendo los que mandaban el grupo los
indicados, y siendo estos los que practicaron las
torturas durante horas en la comisaria central del
Aaiun.
Según relatan los testimonios cuando fueron
liberados después de 11 horas de torturas, golpes y
humillaciones, acudieron al Hospital My El Asan Ben
El Medí”, de el Aaiun, y allí, fueron curados
de las heridas sufridas, obteniendo los
certificados, cuyas fotocopias nos fueron entregadas
a esta delegación, siendo firmados estos documentos
por el doctor Lofti.
Han interpuesto denuncias ante la Corte de Apelación
del Aaiun, pero no han obtenido respuesta.
Otros familiares y personas que fueron torturadas y
golpeadas por estas fuerzas en las calles y en la
comisaria por este grupo de fuerza violenta fueron
los siguientes, según los relatos de todos ellos,
que pudimos constatar, con quien se entrevisto esta
delegación, y que son Ghali Esager, Camal Tubi,
Danun Mohamed, Azid Indur, Rachid Elgareh y El
Hawasi Badr.
Es especialmente grave el relato y testimonio que
pudimos recoger de Mahamud Mustafa (Hadad), por
quien tememos que pueda sufrir graves lesiones en el
futuro pues después de sufrir condena de dos años,
por poner una bandera del Frente Polisario, y puesto
en libertad, salió de prisión en Marzo de 2006, y
estando en la puerta de la Carcel Negra, según
refiere a esta delegación, estas fuerzas, se lo
llevaron, nuevamente, siendo torturado en ese
momento. Con posterioridad dice ser objeto
frecuentemente de humillaciones y golpes alla donde
le encuentran las fuerzas del “Escuadrón de la
muerte” como se hacen llamar, sufriendo el
terror, de ser nuevamente torturado, detenido y
golpeado, habiendo sufrido en numerosas ocasiones
persecución y tortura, así, después de la visita del
Alto Comisionado de Naciones Unidas para Los
Derechos Humanos, que estuvo en el Aaiun, en Abril
de 2006, fue amenazado para que se fuera de la
ciudad, y prometiéndole abonarle 1.400 dirhan, si se
marchaba, negándose a ello.
Días después de la asistencia de esta comisión, fue
capturado en la calle 20 de Mayo, en el barrio de El
Inaach, llevado a la comisaria de la PJ, que se
encuentra en la calle 24 de Noviembre y fue
salvajemente torturado, siendo liberado, según
refiere, en muy mal estado. Aporto a esta comisión
los partes medico emitidos por el doctor I. Bouaddi,
de las lesiones que padece por estas torturas
sufridas.
Esta misión antes estos testimonios obtenidos de las
personas directamente, y de sus familiares, así como
de la documentación que le ha sido aportada, tras la
visita realiza las siguientes:
IV.- CONCLUSIONES :
1.- En cuanto respecta a la Administración de
Justicia, a pesar de las normas de los instrumentos
internacionales de derechos humanos y a pesar de
disponer de una maquinaria judicial competente y
bien dotada, no se tiene en cuenta en el
pronunciamiento judicial el derecho vigente,
vulnerándose en la sede judicial y en dependencias e
instituciones la represalia de la población
saharaui.
2.- Como han constatado otras misiones anteriores.
En la practica, la fase de averiguación previa del
delito se ha convertido en la parte dominante y
decisiva en el proceso penal, contaminando éste de
forma grave e irremediable. El sistema de acusación
y administración de la justicia, con relación a
pruebas que hayan podido obtenerse ilegalmente es
muy deficiente. Ha sido una realidad constatada por
esta Misión, la obtención de pruebas mediante
detenciones ilegales, de manifestantes pacíficos,
ejerciendo el derecho de libertad de expresión.
3.- La celebración de las vistas orales, son
señaladas después de meses de haber transcurrido los
hechos, mediante la indebida prolongación de la
detención en dependencias policiales y,
penitenciarias, en la mayoría de los casos vistos,
mediante torturas u otras formas de coacción física
y psicológica, suspendiendo los juicios y
manteniendo a los internos a una prisión preventiva
contraria a las convenciones internacionales.
4.- Las garantías de un debido proceso legal y una
correcta administración de justicia en la fase
instructora, no se han dado, puesto que los
expedientes judiciales, y la fase de juicio oral, se
ha visto gravemente afectada por injerencias y
presiones de otros poderes públicos, a la luz del
resultado del fallo judicial con la condena.
Habiendo constatado esta Misión por ello, la
inexistencia de una justicia imparcial e
independiente en el juicio.
5.- La Misión de observadores, como otras
anteriores, ha constatado numerosos vicios en el
procedimiento que debieran haber provocado nulidad
de pleno derecho, desde la fase instructora, en
concreto y siempre a la luz del Derecho que se
aplica en el Territorio:
a) La falta constatada de pruebas de cargo
presentadas por parte del Procurador General del Rey
y por parte del Juzgado de Instrucción, que no
ejercieron su función de garante de la legalidad,
vulnerando el principio de la tutela judicial
efectiva (vigente en su sistema penal), y de
presunción de inocencia, aceptando las declaraciones
policiales.
b) Ausencia de identificación de los detenidos con
pruebas inculpatorias en la propia fase instructora;
ello significa que son detenidos arbitrariamente y
por el hecho de su condición de saharauis, siendo
detenidos donde se les encuentra.
c) Vulneración del derecho de defensa, mediante una
negación sistemática a la práctica de pruebas
exculpatorias, tanto en fase instructora como en
fase de plenario, impidiendo de facto poder
demostrar la inocencia.
d) Ausencia de letrados en las detenciones, en las
sedes policiales y judiciales.
e) Ausencia de comunicación a los familiares de los
detenidos.
f) Utilización de métodos policiales violentos,
torturas y coacciones físicas y , para la obtención
de las confesiones de autoría.
6.- Resulta grave la ausencia de protección del
sistema judicial hacia los detenidos saharauis.
7.- No existió presencia de organismos
internacionales, a excepción de esta Misión, en el
juicio celebrados, y en especial hubo ausencia del
organismo de naciones unidas para el conflicto (La
MINURSO), la cual no participó en las sesiones del
juicio a pesar de que los encausados, forman parte
de censo electoral elaborado por este organismo, y
el juicio tiene el contenido de reivindicación de
los derechos de autodeterminación que tienen los
saharauis, y que defiende este organismo.
8.- Se constata por la Misión la vulneración de los
derechos de libertad de expresión, conciencia,
reunión, y asociación, en el territorio, pendiente
de descolonización por Naciones Unidas, y de la
celebración de un referéndum de autodeterminación
del pueblo Saharaui, por la expresión de opiniones
políticas y que se realizan en el ejercicio de los
derechos civiles reconocidos por los tratados
internacionales suscritos por Marruecos. Reprimiendo
brutalmente las manifestaciones publicas contrarias
a la ocupación marroquí de su territorio alegando el
derecho de autodeterminación del pueblo saharaui,
reconocido por todos los organismos internacionales.
La detención, torturas y condena, así como su
estancia en prisión de los manifestantes saharauis,
responde a la política decidida y sistemática de
represión de los activistas políticos que mantiene
el Reino de Marruecos en el territorio del Sahara
Occidental, como método eficiente de minimizar el
movimiento creciente de la población saharaui de
reivindicar el derecho de autodeterminación
reconocido por Naciones Unidas, defendiendo que se
respeten sus derechos.
9.- El estado de terror que refieren los testimonio
vulneran, además del derecho penal marroquí que le
es aplicado a los habitantes del Sahara Occidental,
los convenios internacionales suscritos por
Marruecos como son la Convención Internacional sobre
la eliminación de todas las formas de Discriminación
Racial (1966), los Pactos Internacionales de
Derechos Civiles y Políticos y de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (1966), y el
Convenio sobre la eliminación de todas las formas de
Discriminación contra la mujer (1979), el Convenio
para la Prevención y la Sanción del Delito de
Genocidio y un delito de torturas,(Ratificado por
Marruecos en 1950) .
10.- Esta Misión de Observadores Juristas considera
precisa la inmediata intervención de la comunidad
internacional, la MINURSO, y el Alto Comisionado
para los Derechos Humanos, para que procedan a la
detención y puesta a disposición de las mismas, del
denominado escuadron de la Muerte, debiendo evitar
la impunidad con la que ejercen su represión, en el
territorio del Sahara Occidental, contra la
población civil, y formado entre otros por los
siguientes miembros de los GUS:
- Ishi Abulhassan
- Asis Amus
- Habib (comisario de la policia judicial)
- Mustafa Kalmnur (Secretario de Abulhassan)
- Famid Bahry
- Abdelaly
11.- Solicitamos al Reino de Marruecos, al amparo
del artículo 147 del IV Convenio de Ginebra,Las
infracciones graves a las que se refiere el artículo
anterior son las que implican uno cualquiera de los
actos siguientes, si se cometen contra personas o
bienes protegidos por el Convenio: el homicidio
intencional, la tortura o los tratos inhumanos)
investigar y perseguir la tortura de los ciudadanos
saharauis, en todas sus instancias, policial y
judicial.
12.- Pedimos al Reino de Marruecos que investigue y
exija responsabilidades de todo orden a las
autoridades carcelarias, penitenciarias, policiales
y judiciales por las condiciones que viven los
presos en la Prisión civil del Aaiun,
denominadaCarcel Negra, y la dejación de sus
obligaciones de atender a los presos Saharauis allí
internados, que soportan condiciones contrarias a
los derechos humanos, contrarias al derecho
internacional y a las convenciones firmadas por el
Reino de Marruecos, que opera en el territorio,
debiendo prestar especial atención a las torturas
físicas y violencia sistemática que ejercen los
funcionarios de dicha cárcel. En la actualidad hay
53 presos políticos saharauis en esta cárcel.
13.- Debe fomentarse el envío de Misiones de
Observación a los juicios penales contra la
población saharaui que se celebran en El Aaiún,
resultando de extraordinaria urgencia, y realizar la
supervisión de la situación de los Derechos Humanos,
y su respeto, por parte de observadores
internacionales en el Sáhara Occidental . Esta
contribución de la comunidad internacional, es
necesaria y debe intensificarse ante la ola de
represión que se ejerce desde Mayo de 2005, contra
la población civil saharaui indefensa.
Badajoz, Noviembre de 2007
OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS DEL ILUSTRE COLEGIO
DE ABOGADOS DE BADAJOZ
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