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En la
JORNADA JURÍDICA INTERNACIONAL SOBRE EL SÁHARA
OCCIDENTAL, celebrada en Madrid el día 21 de
Septiembre de 2007, se ha adoptado las siguientes
CONCLUSIONES
La Corte Internacional
de Justicia, órgano judicial principal de las
Naciones Unidas, en su dictamen sobre el Sahara
Occidental (1975), consideró aplicable la Resolución
1514 (XV) a la descolonización del citado territorio
y, en particular, el principio de autodeterminación
mediante la expresión libre y auténtica de la
voluntad del pueblo saharaui.
La Resolución 1514 (XV)
de la Asamblea General afirma el derecho de los
pueblos coloniales, condición actual del pueblo
saharaui, a su independencia completa, mediante la
consulta a su población.
A los efectos del
ejercicio del derecho inalienable a la libre
determinación, por pueblo saharaui debe considerarse
el conjunto de personas incluidas en el censo
confeccionado por España en 1974, actualizado por
las Naciones Unidas en aplicación del Plan de
Arreglo que fue aceptado por Marruecos y el Frente
POLISARIO en 1990.
El territorio del Sahara
Occidental posee, en virtud de la Carta de las
Naciones Unidas, una condición jurídica distinta y
separada de la potencia que lo ocupa, no pudiendo
considerarse en ningún caso parte integrante del
territorio marroquí, por lo que ningún Estado deberá
concertar acuerdo alguno con Marruecos que directa o
indirectamente suponga reconocer, o pueda
interpretarse como el reconocimiento de la soberanía
marroquí sobre el territorio del Sahara Occidental.
El Sáhara Occidental
tiene una doble naturaleza jurídica internacional:
es un Territorio No Autónomo; pero también es un
Territorio ocupado militarmente. Por ello debe
quedar sometido a los parámetros jurídicos del
Derecho Internacional Humanitario y a la aplicación
del IV Convenio de Ginebra.
El Muro defensivo
construido por Marruecos supone una violación
flagrante de los principios que rigen los
Territorios ocupados, que prohíben a las autoridades
de ocupación emprender medidas para cambiar su
configuración,capaces de influenciar en el futuro
político de estos territorios. El Tribunal
Internacional de Justicia declaró ilegal en 2004 un
caso análogo.
El pueblo del Sahara
Occidental posee soberanía permanente sobre los
recursos naturales del territorio. Todo Estado debe
abstenerse de concertar acuerdos con Marruecos que
impliquen la exploración y/o explotación de los
recursos naturales del Sahara Occidental.
En las zonas ocupadas
por Marruecos persisten las detenciones arbitrarias,
las torturas, la falta de garantías ante la Policía
y ante los Tribunales, y continúa la persecución a
través de juicios penales, con marcado móvil
político, contra líderes saharauis cívicos, sociales
y defensores de los Derechos Humanos. La ONU es
responsable de que estas prácticas sean erradicadas,
por lo cual debe proceder al nombramiento inmediato
de un nuevo Jurista Independiente que asista al
Representante Especial, figura prevista en el art.
33 (b) S/21360 (de 18 de Junio de 1990) y cuyo
puesto, sin embargo, está vacante desde 1999.
Las Naciones Unidas y
sus Estados miembros tienen la responsabilidad
principal en materia de descolonización. El
mantenimiento por la fuerza de una situación
colonial puede constituir uno de los supuestos
susceptibles de determinar la aplicación por el
Consejo de Seguridad de todas las medidas previstas
en el Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas.
Para los Territorios No
Autónomos rige una Resolución fundamental, la 2625 (XXV)
de la Asamblea General de las Naciones Unidas,
adoptada el 24 de octubre de 1970, que establece:
"El establecimiento de un Estado soberano e
independiente, la libre asociación o integración con
un Estado independiente o la adquisición de
cualquier otra condición política libremente
decidida por un pueblo constituyen las formas del
ejercicio del derecho de libre determinación de ese
pueblo". Ese es el contenido de la
autodeterminación, y ninguna de sus formas puede
sustraerse a la libre decisión del pueblo
concernido.
En Madrid, a 21 de
Septiembre de 2007.
Modificado el ( lunes,
24 de septiembre de 2007 )
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