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supremo-nacionalidad
19-12-2007
El
Supremo reconoce el estatus de apátrida a una
saharaui que vive en España
El
Tribunal Supremo ha reconocido la condición de
apátrida a una mujer de origen saharaui, que vino a
España hace siete años para recibir asistencia
médica con pasaporte argelino, pero como éste no fue
renovado carece de nacionalidad española, marroquí o
argelina.
Khadijatou
Bourkari Dafa nació en enero de 1968 en la localidad
de Haouza (Smara) -en esa fecha era el Sahara
Español- en la que vivió hasta que tras la
incorporación de dicho territorio al Reino de
Marruecos se trasladó a un campo de refugiados de
Tinduf, en Argelia, desde donde viajó a Vitoria para
recibir tratamiento oftalmológico.
El pasaporte argelino caducó siete meses después de
llegar a España y el consulado de Argelia en España
no se lo renovó, por lo que pidió al Ministerio del
Interior que le reconociera el estatus de apátrida,
que se lo denegó.
En una sentencia de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Supremo, el Supremo
explica que la mujer no puede obtener en este
momento la nacionalidad española, no cuenta con la
nacionalidad argelina por el hecho de que en su día
le expidiera un pasaporte para salir de un campo de
refugiados y tampoco puede serle impuesta la
marroquí.
Como la recurrente no es 'considerada como nacional
suya por ningún Estado' se produce una situación de
apatridia, según la Convención de Nueva York.
Respecto a la nacionalidad española, el Alto
Tribunal señala que, 'ya desde su origen, España
nunca consideró españoles a los saharauis', con la
excepción fijada en una orden de 1976 que concedía a
los entonces residentes en el Sahara Occidental la
posibilidad de optar por esta nacionalidad, que no
fue ejercida por la recurrente.
El Supremo rechaza el argumento que le dio Interior
para negarle la condición de apátrida de que podía
optar por la nacionalidad marroquí y recuerda que
precisamente abandonó el territorio donde nació
cuando fue ocupado por Marruecos.
Por ello reconoce a la mujer saharaui la condición
de apátrida y ordena al Ministerio del Interior que
la documente.
Según fuentes del Supremo, este fallo dará solución jurídica
a casos similares de saharauis que hasta el momento
se encontraban en España 'en un estado de
indefinición'.
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